¿Qué es el Aviso de Operaciones?



ABOGADAS PANAMA/www.abogadaspanama.com
@abogadaspanama
 

 

El Aviso de Operaciones,   es una figura jurídica  creada mediante la Ley 5 de 11 de enero de 2007, para agilizar el proceso de apertura de empresas y  reemplazar lo que antes se denominaba en nuestro país como “licencia comercial” tipo A ó B.

A partir de la creación de dicha Ley 5 de 2007, toda persona natural o jurídica que desee realizar negocios en Panamá,  ya sean éstos de tipo comercial, industrial o de servicios debe adquirir un Aviso de Operaciones.

El  Aviso de Operaciones se crea a través es electrónico y se realiza a través del portal www.panamaemprende.gob.pa  , sin embargo hay ciertas actividades que requieren requisitos previos de las Instituciones encargadas para poder generar dicho aviso de operaciones, como: banca, seguro, bienes raíces, farmacias, agencias de viaje, transporte público, entre otras.

Además existen actividades que no necesitan del Aviso de Operación estas son:


-          Explotación agrícola, ganadera, apícola, avícola, agroforestal o similares.
-        Elaboración y ventas de artesanías y otras industrias manuales o caseras, siempre que     utilice el trabajo asalariado de hasta 5 trabajadores.
-          Ejercicio de actividades que no son actos de comercio.
-          El ejercicio de profesiones liberales a título personal o a través de sociedades civiles.

Ahora bien, desde el momento que se abre un aviso de operaciones, se adquiere la obligación de registrarse en el Municipio del lugar donde desarrollará su actividad, a fin de pagar sus impuestos a tiempo y presentar sus declaraciones municipales, y de esta forma,  evitar las multas por el no pago o por la no presentación de las declaraciones correspondientes. 

Comenta este artículo, visita nuestra página web www.abogadaspanama.com y si tienes alguna duda, envíanos tu pregunta a: info@abogadaspanama.

Comentarios

  1. Si una empresa no esta operando pero tiene activos fijos, debera pagar el impuesto de aviso de operacion tambien?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Las sociedades anónimas se utilizan en Panamá también para la protección de activos, en ese caso no es necesario tramitar el aviso de operaciones, porque no va a ejercer actividades comerciales. Si la sociedad no tiene aviso de operaciones no debe pagar el impuesto de aviso de operaciones, que en Panamá es del 2%, pero si tiene un aviso debe pagarlo. Lo más recomendable es que se cierre el aviso de operaciones, si el objetivo de la sociedad es sólo proteger activos.

      Eliminar
  2. Con el aviso de operación puedo tener seguro social?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Sí, una vez se abra el aviso de operaciones se puede inscribir en la caja de seguro social como un empleador, sin embargo, para considerarse empleador, se debe tener al menos un trabajador, distinto a su persona. Si el objetivo es abrir una aviso para pagarse a sí mismo seguro, no lo va a poder hacer de esta forma, para ello la figura en la CSS es seguro voluntario.
      Ahora, si el aviso se abre bajo una sociedad anónima y usted quiere pagar su seguro a través de ella, sí se puede, porque la sociedad y usted son 2 personas distintas.

      Eliminar
  3. Una parajeque lleva en unión 8 meses el hombre es asiatico y la mujer es panamaña, quieren poner un negocio en comun lo puedende hacer

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Hola, sí lo pueden hacer, pero para ello necesitarían de una sociedad anónima, para que pueden definir el porcentaje del negocio del que cada uno será dueño, ya que como persona natural no pueden hacerlo, si son 2.

      Eliminar
  4. Pero cuáles son los avisos de operación q existen en Panamá

    ResponderEliminar
  5. En Panamá no existen diferentes tipos de avisos, el aviso de operaciones puede ser tramitado por una persona natural o una jurídica.
    Lo que cambia en el tema del aviso es la actividad, un aviso puede tener una o varias actividades y es mediante la actividad que se va a definir si se trata de una actividad de servicio, de comercio al por menor y por mayor o de industria.

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares